DECLARACIÓN ANUAL PERSONAS FÍSICAS: CONOCE LAS DEDUCCIONES PERSONALES

DECLARACIÓN ANUAL PERSONAS FÍSICAS: CONOCE LAS DEDUCCIONES PERSONALES

Del Área Contable

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El próximo 31 de mayo vence el plazo máximo para presentar la declaración anual de personas físicas. En Alvear y Asociados, te recordamos las deducciones personales a que tienes derecho, adicionales a las deducciones autorizadas conforme al régimen en el que estés tributando.

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición y gastos hospitalarios; prestados por personas con título profesional.*

  • Gastos estrictamente indispensables por concepto de compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación del paciente, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos o prótesis y medicamentos incluidos en facturas de hospitales, no serán deducibles medicamentos cuyo comprobante sea de farmacia.*

  • Lentes ópticos graduados hasta por $2,500.00. *

  • Primas por seguros de gastos médicos.

  • Gastos funerales sin que excedan de una UMA elevada al año, es decir $32,711.30.

Estos gastos se podrán efectuar también cuando los beneficiarios sean tus hijos, padres, abuelos, cónyuge o concubino; siempre que no ganen más de un salario mínimo.

  • Aportaciones voluntarias al AFORE.

  • Seguros o planes extraordinarios de ahorro para el retiro.

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas, desde preescolar hasta bachillerato, o su equivalente; con los siguientes límites por nivel educativo y por descendiente.*

    • Preescolar: 14,200 pesos

    • Primaria: 12,900 pesos.

    • Secundaria: 19,900 pesos.

    • Profesional técnico: 17,100 pesos.

    • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

En caso de que se realicen pagos por este concepto de un mismo descendiente de dos niveles educativos, el límite anual de la deducción será el monto mayor.

  • Intereses reales devengados y pagados por créditos hipotecarios.

  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos.

*Estas deducciones deberán ser pagados forzosamente con tarjeta, transferencia, cheque, monedero electrónico, NO EN EFECTIVO.

Considera que, para todas estas deducciones, deberás contar con el CFDI a tu nombre. Verifica que tu RFC y forma de pago sean correctos.

El monto total de las deducciones personales (a excepción de los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro) no podrán exceder de cinco UMA anuales ($163,467) o del 15% total de tus ingresos, lo que resulte menor.

Este boletín fue elaborado por Alison Castillo Bravo alison.castillo@alvear.com.mx

José Luis Alvear